Acuerdo de Unión Civil te informamos de lo que necesitas saber

El Acuerdo de Unión Civil (AUC) ha transformado la manera en que las parejas en Chile pueden formalizar su relación, brindando una alternativa al matrimonio con beneficios y obligaciones similares.

Este artículo explora en profundidad las características, requisitos y derechos asociados a este estado civil, así como los aspectos relevantes de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) en relación con su regulación.

¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil?

El Acuerdo de Unión Civil es una figura legal en Chile que permite a parejas del mismo sexo y de distinto sexo formalizar su convivencia sin necesidad de contraer matrimonio.

Esta ley, promulgada en 2015, busca ofrecer una opción que reconozca y proteja los derechos de las parejas, independientemente de su orientación sexual.

Algunas de las características clave del AUC incluyen:

  • Reconocimiento legal: Permite a las parejas obtener derechos y obligaciones similares a las del matrimonio.
  • Requisitos de celebración: Deben ser mayores de edad y tener la capacidad legal para administrar sus bienes.
  • Prohibiciones: No pueden celebrar este contrato los ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, ni los colaterales en segundo grado.

Requisitos para celebrar un Acuerdo de Unión Civil

La celebración de un AUC debe cumplir con ciertos requisitos formales y legales. Estos son:

  1. Registro ante el Servicio de Registro Civil: El contrato se debe celebrar ante este servicio o en otro lugar autorizado.
  2. Acta firmada: Se levanta un acta que debe ser firmada por un oficial civil y los contrayentes.
  3. No estar casados: Los contrayentes deben declarar que no están casados ni tienen otro Acuerdo de Unión Civil vigente.

Es importante destacar que los acuerdos de unión civil celebrados en el extranjero deben ser inscritos en un registro especial para tener validez en Chile. Esto incluye uniones entre personas del mismo sexo, que pueden ser registradas como uniones civiles si cumplen con los requisitos legales chilenos.

Terminación del Acuerdo de Unión Civil

El AUC puede finalizar por diversas razones, incluyendo:

  • Muerte de uno de los convivientes: Puede ser natural o presunta.
  • Matrimonio entre los convivientes: Si deciden casarse entre sí.
  • Mutuo acuerdo: Puede ser por decisión de uno o ambos convivientes, debiendo formalizarse por escrito.
  • Nulidad judicial: Por decisión de un tribunal.

Es crucial que, al finalizar el AUC, se considere la posibilidad de una compensación económica si uno de los convivientes ha sufrido un menoscabo económico durante la relación.

Derechos y obligaciones de los convivientes civiles

Los convivientes civiles tienen derechos y obligaciones que reflejan una relación de ayuda mutua. Algunas de las principales son:

  • Contribución a gastos comunes: Ambos deben solventar los gastos generados por su vida en común.
  • Propiedad y administración de bienes: Cada contrayente conserva la propiedad y administración de los bienes que poseían antes del AUC.
  • Derechos sucesorios: En caso de fallecimiento, el sobreviviente tiene derechos similares a los de un cónyuge en términos de herencia.
  • Pensión de sobrevivencia: El conviviente civil sobreviviente puede acceder a pensiones si el AUC fue celebrado bajo ciertas condiciones.

El rol de SUSESO en el Acuerdo de Unión Civil

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) juega un papel vital en la regulación y supervisión de los Acuerdos de Unión Civil. Aunque la ley no incluye explícitamente a los convivientes civiles como beneficiarios de pensiones de sobrevivencia bajo la Ley N° 16.744, sí establece ciertas protecciones.

Entre las disposiciones relevantes de SUSESO se encuentran:

  • Mantenimiento de pensiones: Los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia no las pierden al adquirir el estado civil de conviviente civil.
  • Asignación familiar: El conviviente civil no causa asignación familiar, pero puede acceder a beneficios si cumple con los requisitos establecidos.

Beneficios de la Ley N° 20.743 y Subsidio Familiar

Conforme a la Ley N° 20.743, los convivientes civiles pueden acceder a beneficios económicos si cumplen con los requisitos necesarios. Esto incluye:

  • Acceso a subsidios familiares: Si son beneficiarios de subsidios familiares o asignación maternal, pueden acceder a estos beneficios.
  • Beneficios de las Cajas de Compensación: Estas entidades pueden ofrecer beneficios adicionales relacionados con los Acuerdos de Unión Civil.

Los convivientes civiles deben solicitar estos beneficios a través de los canales establecidos y asegurarse de cumplir con los requisitos necesarios.

Para una comprensión más profunda de cómo se aplica la ley y sus implicaciones, puedes explorar este video informativo proporcionado por el Gobierno de Chile:

El Acuerdo de Unión Civil representa un avance significativo en la legalización de las uniones entre parejas, brindando derechos y obligaciones similares a los del matrimonio.

Su implementación y regulación por parte de SUSESO reflejan un esfuerzo por igualar derechos y responsabilidades en el ámbito de la convivencia civil.

Es esencial que las parejas interesadas en este tipo de acuerdo se informen adecuadamente sobre los requisitos y beneficios para tomar decisiones informadas que resguarden sus derechos y bienestar.

Además, el marco legal en constante evolución subraya la importancia de estar al tanto de los cambios que puedan afectar su situación.

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